La Ley 20922 en su Artículo 3°, establece que las municipalidades estarán obligadas a remitir, a lo menos anualmente, dentro del primer cuatrimestre de cada año, a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, información referida a las siguientes materias, según los medios y en los formatos que determine al efecto dicha Subsecretaría: |
a) Modificaciones efectuadas a la planta de personal. |
b) Dotación incluyendo personal de planta y a contrata, honorarios a suma alzada pagados a personas naturales, honorarios asimilados a grado, jornales, remuneraciones reguladas por el Código del Trabajo, suplencias y reemplazos, personal a trato y/o temporal y alumnos en práctica. |
c) Identificación de las fuentes de financiamiento de programas que posibilitan la contratación de personas sobre la base de honorarios. |
d) Escalafón de mérito vigente. (No aplica su publicación en Transparencia Activa) |
e) Antigüedad del personal, tanto en la respectiva municipalidad como en otros órganos de la Administración del Estado. |
f) Conceptos remuneratorios variables según particularidad de cada funcionario. |
g) Política de recursos humanos y el gasto total en las diversas formas de contratación. |
Año |
Fecha Remisión |
Documento |
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2024 |
07-05-2024 |
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2023 |
29-05-2023 |
Informe Anual SUBDERE |
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2022 |
29-04-2022 |
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2021 |
30-04-2021 |
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2020 |
28-04-2020 |
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2019 |
30-04-2019 |
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2018 |
31-05-2018 |
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2017 |
28-04-2017 |
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